Televisión

Chile: veto parcial a Ley de TV Digital no incluye artículo recurrido por FIFA

22-11-2013
El Gobierno de Chile presentó oficialmente el veto parcial a la Ley de TV Digital, que modifica varios artículos, aunque no el que imponía la obligatoriedad de que los partidos de la Selección fueran transmitidos por TV Abierta y que fue recurrido por la FIFA.

Luego de muchas discusiones entre miembros del ejecutivo, legisladores y la Asociación de Fútbol profesional de Chile (ANF), que logró que la Conmebol amenazara al país con suspender la participación de los clubes y la Selección en el ámbito internacional, el presidente Sebastián Piñera decidió no vetar artículo 17.

Sin embargo, el veto sí alcanza a muchos otros artículos, lo que de acuerdo a especialistas locales, hará muy difícil su aprobación final antes de que termine el mandato de Piñera en marzo de 2014.

Entre los temas que modifica el veto se encuentran el funcionamiento del sistema, pluralismo, composición del Consejo Nacional de Televisión (CNTV), horas de programación cultural, campañas de interés público, pérdida del derecho preferente, segunda señal de Televisión Nacional de Chile (TVN), concepto de concesionarios locales, prohibición para las entidades religiosas para ser concesionarios de carácter local comunitario, facultades de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), los usos del espectro radioeléctrico, multas para los concesionarios y definición incorporada a la Ley General de Telecomunicaciones.

El texto presentado al Congreso propone, en el ámbito del pluralismo, una modificación que busca conservar, como parte del correcto funcionamiento, la observancia de los principios definidos en la ley, pero manteniendo la filosofía del precepto vigente.

En relación a las normas relativas a la conformación del Consejo Nacional de Televisión, introduciendo modificaciones tanto en lo relativo a las exigencias que se establecen para la propuesta que el Presidente debe formular al Senado, como aquellas circunstancias que el proyecto de ley establece como constitutivas de mérito personales o profesionales que una persona debe poseer a efectos de ser nominado como Consejero.

El Ejecutivo propone establecer categorías más generales que permitan cumplir con el objetivo principal que es contar con un Consejo Nacional de Televisión con una composición que refleje la pluralidad de la sociedad chilena.

En lo relativo a la obligación de transmitir programación cultural, el Gobierno estima que se incurrió en una falta de precisión en la norma, ya que establece la obligación a los concesionarios de transmitir "a lo menos cuatro horas" de programación cultural sin precisar la real extensión de dicha obligación.

Recordó que la redacción de este artículo buscó facilitar el ingreso al mercado a nuevos proyectos televisivos que no contaran con el financiamiento necesario para desplegar una red propia, además de permitir administrar de mejor forma el espectro radioeléctrico. Pero consideró que tal como estaba, la norma podría generar el efecto contrario, porque no sólo contempla la posibilidad para Televisión Nacional de Chile (TVN) de transportar a concesionarios con medios de terceros, sino también transmitir sus propias señales regionales, quedando tal definición al arbitrio de dicha empresa pública.

Chile: analizan vetar artículo de Ley de TV Digital por pedido de FIFA

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